La Corte Constitucional tiene en sus manos un caso que causó total revuelo en redes sociales hace pocos meses y que implica a los reguetoneros más famosos de Colombia.
Se trata de una tutela presentada por dos ciudadanos, quienes aseguran que la canción +57, interpretada por Karol G, Feid, J Balvin, Maluma, Ryan Castro, Ovy On The Drums, Blessd y DFZM, vulneró los derechos a la dignidad humana, al trato digno, a los derechos superiores de los menores y al libre desarrollo de la personalidad de los niños, niñas y adolescentes de Colombia.
Según la acción judicial, interpuesta por Ramit Osorio Peña y Daniel Eduardo De Castro, “la difusión masiva de las letras acá censuradas, más allá de generar un impacto positivo, lo único que fomenta es el aumento de la violencia y la misoginia, conductas atroces de las que han sido víctimas las mujeres, en este caso puntual, las niñas, ya que el contenido de la canción (estrenada en noviembre de 2024) se dirige directamente a una niña de 14 años de manera puntual”.
Sin embargo, en el más reciente fallo, el alto tribunal afirmó que: “No se probó la existencia de una amenaza concreta ni un riesgo para la población infantil, más allá de señalar que la canción sexualizaba a las menores. Sumado al hecho de que la expresión considerada por los actores ofensiva fue retirada, no se justifica mantener el exhorto emitido por el juez de primera instancia, el cual se basó en la supuesta vulneración de los derechos fundamentales por el tiempo en que circuló la versión inicial de la canción +57, afirmación que fue desvirtuada en esta sede”, dice el documento de 11 páginas conocido por este diario.
Y agregó: “Los autores modificaron, de manera voluntaria, la letra de la canción, específicamente la expresión «mamacita desde los fourteen» por «mamacita desde los eighteen», antes de iniciar el trámite de la tutela y, además, una de las compositoras (Karol G) emitió disculpas por la expresión inicialmente utilizada, lo que refleja una actitud consciente y diligente que evidencia el interés de los accionados en armonizar su derecho a la expresión artística con el respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, ante la desaparición del hecho que motivó la interposición de la acción de tutela, toda vez que la versión oficial que actualmente circula ya no contiene la expresión cuestionada, no existe una situación actual e inminente que requiera la intervención inmediata de la justicia".
Fuente:Elespectador.com
Consejo de Estado defiende a los artistas de la canción “+57″
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